Junta de Centro

Es el órgano de dirección de carácter colegiado en el que están representados los distintos colectivos que participan en la actividad investigadora del Instituto.  

Composición:

Son miembros de la Junta, con voz y voto, las personas y representantes de personal indicados en los apartados A y B siguientes:

A) Las personas que ocupen:
  • la Dirección
  • las Vicedirecciones
  • las Jefaturas de departamento.
  • la Gerencia
B) Un número de representantes de personal del Instituto igual a un tercio del total de las personas que compongan la Junta, redondeándose el cociente no exacto al entero más cercano, ya sea al superior o al inferior según corresponda. En caso de cociente equidistante al entero más cercano, se redondeará al inferior.

Funciones:

  1. Asesorar e informar a la Dirección sobre todos los asuntos que afecten al funcionamiento del Instituto.
  2. Informar el Plan Estratégico cuatrienal y los Planes de Actuación anuales.
  3. Informar la propuesta de la Dirección del presupuesto y la liquidación del mismo.
  4. Aprobar la memoria anual de actividades.
  5. Informar las propuestas de la Dirección sobre la distribución de los recursos disponibles entre los distintos departamentos y unidades.
  6. Informar la creación, supresión o cambio de denominación de departamentos y otras unidades o servicios que proponga la Dirección.
  7. Informar, a propuesta de la Dirección, las modificaciones de este RRI así como las normas para el funcionamiento y organización del Instituto y de sus órganos colegiados, previo a que la Comisión Rectora decida sobre su proposición a las partes.
  8. Informar, previa su elevación en su caso a la Comisión Rectora, sobre las propuestas de adscripción y desadscripción al Instituto de personal investigador, y ser informada por la Dirección de la adscripción y ubicación en el Instituto del resto del personal.
  9. Proponer a la Comisión Rectora la lista razonada de candidaturas a la Dirección, previo informe de los órganos de asesoramiento del Instituto.
  10. Proponer a la Dirección iniciativas e intercambios de colaboración con universidades y otros organismos.
  11. Pronunciarse, en su caso, sobre la gestión de la Dirección en sesión convocada para este fin. Dicho pronunciamiento, que no tendrá carácter vinculante, se elevará a la Comisión Rectora.
  12. Conocer los convenios, contratos y proyectos de investigación, y demás actividades científicas que se desarrollen en el seno del Instituto.
  13. Definir prioridades sobre la asistencia y organización de congresos, reuniones científicas, seminarios, cursos, etc., así como el intercambio con organismos españoles, extranjeros o internacionales, siempre que dichas acciones requieran aportación de fondos del Instituto.
  14. Cuantas otras se puedan derivar del convenio, del RRI y las que le sean atribuidas por la Comisión Rectora.